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Certificado TPV: cómo saber si tu software cumple de verdad (y por qué no existe el sello que buscas)

Todo el mundo pide un "TPV certificado", pero la AEAT no emite ningún certificado. Lo que la ley exige es otra cosa, se comprueba en dos minutos y casi nadie lo mira.

Publicado el 19 de julio de 20268 min de lectura

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Si has escrito «certificado TPV software» en Google es porque alguien —tu gestor, un comercial o el grupo de WhatsApp del gremio— te ha dicho que tu programa tiene que estar certificado. Y tiene razón a medias. Porque el certificado que estás buscando, con su sello y su número de registro, no existe.

La Agencia Tributaria no expide ningún diploma para programas de facturación. Lo que la ley exige es otra cosa, se comprueba en dos minutos y prácticamente nadie la mira hasta que llega el susto.

Resumen en 20 segundos: la certificación de un software TPV es una declaración responsable del fabricante, no un sello de la AEAT. Debe estar por escrito y visible dentro del propio programa, referida a tu versión. Si tu proveedor no puede enseñártela, no la tiene. Y la multa por usar software no conforme llega a 50.000 € por ejercicio.

¿Qué significa realmente «software TPV certificado»?

La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal prohibió los llamados programas de doble uso: esos que permitían llevar una caja para Hacienda y otra para la realidad. Para conseguirlo no montó un registro de programas autorizados. Hizo algo más elegante: obligó a los fabricantes a mojarse por escrito.

El Real Decreto 1007/2023, que desarrolla el reglamento, concreta que cada sistema informático de facturación debe llevar una declaración responsable: un documento en el que el fabricante afirma, con su nombre y su responsabilidad legal detrás, que el programa cumple los requisitos exigidos.

Esos requisitos son seis, y conviene conocerlos porque son el examen real:

  • Integridad e inalterabilidad: una vez emitido, el registro de facturación no se puede modificar ni borrar sin dejar rastro.
  • Trazabilidad: cada registro se encadena con el anterior mediante una huella (hash), de forma que quitar uno rompe la cadena y se nota.
  • Conservación: los registros se guardan y se pueden recuperar durante el plazo legal.
  • Accesibilidad y legibilidad: la información se puede consultar y entender, no queda encerrada en un formato propietario ilegible.
  • Firma electrónica de los registros cuando el sistema no opera en modo VeriFactu.
  • Registro de eventos: el programa anota lo que pasa dentro de él (arranques, anulaciones, incidencias).

Traducido a tu barra: tu TPV tiene que ser capaz de demostrar que el ticket que anulaste el sábado a las dos de la mañana fue anulado, cuándo y por quién. No que no pasó nunca.

Cómo comprobar en 2 minutos si tu TPV cumple

Esta es la parte que casi ninguna web explica, probablemente porque es incómoda para quien vende software regular. Hazlo ahora, con tu programa abierto:

  1. Entra en el menú Ayuda, Acerca de o Información legal de tu TPV.
  2. Busca el texto «declaración responsable». Tiene que estar ahí dentro, visible, no en un PDF que alguien te prometió por email.
  3. Comprueba que menciona la versión concreta que estás usando. Una declaración de la versión 8.2 no cubre tu versión 7.1.
  4. Comprueba que identifica al fabricante con su razón social y NIF. No al distribuidor: al fabricante.
  5. Prueba a anular un ticket de prueba y mira si queda registrado como anulación. Si desaparece sin rastro, tienes un problema serio.

Si en el paso 2 no encuentras nada y el comercial te responde «sí, sí, está todo homologado, no te preocupes», pídelo por escrito. La respuesta a esa petición te dirá más que veinte páginas de folleto.

Certificado, homologado, verificable: el diccionario honesto

Estas tres palabras se usan como sinónimos en los anuncios y no lo son. Aquí está la diferencia, que además explica por qué las búsquedas de «software TPV homologado» no encuentran ningún listado oficial: no hay nada que listar.

TérminoQué es de verdad¿Lo emite la AEAT?
CertificadoDeclaración responsable del fabricante, dentro del programaNo
HomologadoTérmino comercial. No existe homologación oficial de software de facturaciónNo
VeriFactuModo de funcionamiento que remite los registros a la AEAT en el momento de la emisiónNo lo certifica: lo recibe
Declaración responsableEl documento que la ley sí exige, con responsabilidad legal del fabricanteLa puede exigir en una inspección

Dicho de otro modo: cuando un proveedor presume de estar «homologado por Hacienda», está presumiendo de algo que no puede existir. No siempre es mala fe —el sector arrastra el término desde hace años— pero es una señal para preguntar mejor.

¿Y las fechas? Esto es lo único que ha cambiado

Aquí sin bromas, porque las fechas legales se citan literales o no se citan.

  • 29 de julio de 2025: desde esa fecha, los fabricantes solo pueden comercializar software conforme al reglamento. Es decir, si compras un TPV nuevo hoy, tiene que venir ya con su declaración responsable.
  • 1 de enero de 2027: obligación para sociedades, tras el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025.
  • 1 de julio de 2027: obligación para autónomos y demás obligados.

Mucha gente ha leído «se aplaza a 2027» y ha entendido «ya me olvido hasta 2027». Es justo la lectura contraria a la que conviene. Ese aplazamiento es la única ventana que vas a tener para migrar con calma, comparar precios y formar a tu equipo sin que te corra prisa. En diciembre de 2026, cuando todo el sector se acuerde a la vez, ni habrá agenda de instaladores ni habrá descuentos.

Qué te juegas si no cumples

La Ley 11/2021 separa dos responsabilidades, y esto es importante porque mucha gente cree que el problema es solo del fabricante:

  • Fabricante o comercializador: hasta 150.000 € por ejercicio y por versión del programa no conforme.
  • Usuario del programa —o sea, tú—: hasta 50.000 € por ejercicio por tener un sistema informático que no cumple los requisitos, incluso sin haber manipulado nada.

Léelo otra vez: la sanción al usuario no exige que hayas defraudado. Basta con que el sistema no sea conforme. Es como la multa por no llevar el extintor revisado; no hace falta que haya incendio.

¿Y cuánto cuesta ponerse en regla?

Menos de lo que la gente teme, que es la razón por la que tanto negocio lo pospone imaginando cifras de cuatro dígitos. Estos son nuestros precios reales, sin IVA y sin letra pequeña:

OpciónPrecioPara quién
Licencia MINI165 € pago únicoNegocio pequeño, sin módulos ni red
Licencia PRO325 € pago únicoLa habitual: completa y admite módulos
Licencia BUSINESS570 € pago únicoVarios locales, con Cloud incluido
Pack TPV completo1.099 € pago únicoTPV táctil i5 15,6", impresora 80 mm y cajón: listo para vender

Todo ello es 100% deducible como gasto de empresa, algo que suele desaparecer de la conversación cuando se compara precio con precio. Y si vas a tocar el TPV, es el momento de mirar también lo que te cuesta cobrar: puedes ver las comisiones reales de nuestro datáfono, con débito desde el 0,29% y el dinero en tu cuenta al día siguiente.

El error que vemos una y otra vez

Un negocio se preocupa por la certificación, llama a su banco o a su proveedor de siempre, le colocan un sistema conforme… y nadie le pregunta cómo trabaja. Acaba con un TPV correcto legalmente e inútil en la práctica: sin la matriz de tallas si vende moda, sin balanza integrada si vende a peso, sin comandero si tiene sala.

Cumplir la ley es el suelo, no el techo. Si vas a cambiar de sistema, cámbialo por uno que además te resuelva el día a día. Puedes ver cómo cambia según el negocio en el software TPV certificado, y en las versiones específicas para hostelería, comercio y alimentación o moda y zapaterías.

Resumen para el que ha bajado directo hasta aquí

  • No existe un certificado oficial de la AEAT para software TPV.
  • Lo que la ley exige es la declaración responsable del fabricante, visible dentro del programa y referida a tu versión.
  • Compruébala tú mismo en dos minutos: Ayuda → Acerca de → «declaración responsable».
  • Usar software no conforme puede costarte 50.000 € por ejercicio, aunque no hayas manipulado nada.
  • VeriFactu es obligatorio en 2027 (sociedades en enero, autónomos en julio). El aplazamiento es tu ventana para migrar sin prisas.
  • Ponerse en regla arranca en 165 € y es gasto deducible.

¿Tienes dudas sobre si tu programa actual cumple? Escríbenos por WhatsApp al +34 871 10 05 34 y dinos qué programa usas: te decimos si tiene declaración responsable vigente, sin compromiso y sin venderte nada por el camino.

Preguntas frecuentes

¿La Agencia Tributaria emite un certificado para el software TPV?

No. La AEAT no expide ningún sello ni número de certificado para programas de facturación. Lo que exige la normativa es una declaración responsable del fabricante, por escrito y visible dentro del propio sistema, en la que declara que su software cumple los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad.

¿Cómo compruebo si mi TPV está certificado?

Busca la declaración responsable dentro del propio programa (suele estar en Ayuda, Acerca de o Información legal). Debe indicar la versión concreta del software y el fabricante. Si el proveedor no puede enseñártela por escrito y asociada a tu versión, no la tiene.

¿Qué pasa si mi TPV no cumple la Ley Antifraude?

La Ley 11/2021 prevé sanciones tanto para quien fabrica o comercializa software no conforme como para quien lo usa. La multa por tener un sistema informático que no cumple los requisitos puede alcanzar los 50.000 euros por ejercicio para el usuario, y 150.000 euros por ejercicio y versión para el fabricante.

¿Certificado y VeriFactu son lo mismo?

No. La certificación (declaración responsable) acredita que el programa cumple los requisitos técnicos. VeriFactu es además el modo de envío automático de los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Un software puede estar certificado y funcionar en modo VeriFactu o en modo no verificable, siempre que en este segundo caso conserve los registros firmados.

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?

Tras el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025, las sociedades están obligadas desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos y demás obligados desde el 1 de julio de 2027. Los fabricantes, en cambio, solo pueden comercializar software conforme desde el 29 de julio de 2025.

¿Un TPV antiguo se puede adaptar o hay que cambiarlo?

Depende del fabricante. Si sigue manteniendo el producto, normalmente basta con actualizar a una versión conforme. Si el programa está descatalogado o el fabricante ha desaparecido, no habrá declaración responsable posible y tendrás que migrar.

¿Vale una hoja de cálculo o un cuaderno para facturar?

No para quien está obligado a emitir factura mediante sistema informático. Un archivo editable no garantiza la inalterabilidad ni la trazabilidad que exige la norma, que son precisamente los dos requisitos que la ley persigue.

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